Impuesto sobre las emisiones de CO2
El titular del vehículo tendrá que consultar el padrón definitivo online que ha publicado la ATC.
La Agencia Tributaria de Cataluña, desde el día 15 de septiembre de 2021, introdujo un nuevo impuesto del CO2 para todos los conductores. Es obligatorio para todas las empresas y personas titulares de un vehículo con domicilio fiscal en Cataluña durante el año 2020.
El impuesto del CO2 variará según el nivel de contaminación de cada vehículo:
- De 95 a 120 gr/km – 0,7 euros/gramo emitido (entra en vigor en año que viene).
- De 120 a 140 gr/km – 0,85 euros/gramo emitido.
- De 140 a 160 gr/km – 1 euro/gramo emitido.
- De 160 a 200 gr/km – 1,2 euros/gramo emitido.
- De más de 200 gr/km – 1,4 euros/gramo emitido.
Vehículos exentos:
- Los vehículos 100% eléctricos, los turismos con emisiones inferiores a 120 g/km de CO2 (cuantía que se reduce a 95 g/km para el ejercicio 2021).
- Las furgonetas con emisiones inferiores a 160 g/km de CO2 (120 g/km para el ejercicio 2021).
- Las motocicletas con emisiones inferiores a 120 g/km de CO2 (95 g/km para el ejercicio 2021)
- Los ciclomotores, scooters, triciclos y cuadriciclos con emisiones inferiores a a 120 g/km de CO2 (cuantía que se reduce a 95 g/km para el ejercicio 2021)
- Los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar más de 9 personas (incluyendo al conductor).
- Los eléctricos quedan al margen del impuesto de emisiones al tratarse de vehículos ecológicos, la normativa también deja fuera de esta catalogación a los híbridos enchufables.
El titular del vehículo tendrá que consultar el padrón definitivo online que ha publicado la ATC.
https://atc.gencat.cat/ca/tributs/impost-emissions-vehicles/
Se puede acceder o bien con el idCAT Móvil (u otros sistemas de identificación digital) o con el NIF y la matrícula. En el padrón aparecen los vehículos que sí están afectados por el gravamen en su primer año de aplicación, correspondiente al ejercicio 2020.